top of page
Buscar

Norma 037 STPS-2022 Teletrabajo


Con base en el artículo 330-A de la Ley Federal del Trabajo, teletrabajo la forma de organización laboral subordinada, mediante la cual las relaciones laborales se desarrollan en más del cuarenta por ciento del tiempo en el domicilio de la persona trabajadora o en el lugar de su elección mediante el uso de tecnologías de información.

El pasado 15 de julio del presente año se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY NOM 037 STPS 2022 TELETRABAJO, la cual tiene como objeto establecer las medidas de prevención de riesgos que los centros de trabajo deben adoptar cuando su personal labore bajo la modalidad de teletrabajo, con el fin de prevenir accidentes y enfermedades, promoviendo un ambiente seguro y saludable. Dicha norma es de carácter obligatorio para todos los patrones o centros de trabajo que tengan personas teletrabajadoras.


Este proyecto de Norma Mexicana estará abierto a consulta pública, lo que indica que, a partir de la fecha de su publicación hasta pasados 60 días, los interesados pueden enviar sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el trabajo.


Aun cuando el proyecto puede sufrir modificaciones, dejamos algunos puntos importantes a considerar:


· La norma, considera los siguientes factores a evaluar: Agentes físicos (iluminación, ventilación, temperatura) agentes mecánicos y agentes químicos, factores de riesgo ergonómico y factores de riesgo psicosocial.


Obligaciones para los patrones:

  • Contar con un listado actualizado de los teletrabajadores, indicar el o los lugares acordados donde se realizarán las actividades del teletrabajo.

  • Validar condiciones de conectividad y uso de TI para realizar su trabajo.

  • Establecer por escrito y difundir una Política de Teletrabajo que promueva la prevención de riesgos, la perspectiva de género y la conciliación de la vida personal; evite el aislamiento; señale obligaciones e igualdad de derechos; establezca mecánicas para informar cambios, entre otros.

  • Informar sobre los posibles riesgos y exposición a factores de riesgo ergonómicos, psicosociales y de salud.

  • Contar con la validación de la Lista de verificación de las condiciones de seguridad y salud, a fin de que se cumplan.

  • Validar dicha lista a través de una visita con previa autorización o realizándole preguntas al colaborador.

  • Establecer y documentar el proceso de implementación del Teletrabajo para las empresas que cambien de la modalidad presencial a teletrabajo.

  • Proporcionar herramientas e insumos necesarios para el adecuado desempeño que garanticen condiciones ergonómicas y apropiadas.

  • Establecer y documentar programas y la manera de proporcionar mantenimiento a los equipos.

  • Capacitar al menos una vez al año sobre las condiciones de seguridad y salud que deben mantener.

  • Cambiar a trabajo presencial cuando el colaborador informe de alguna condición o alteración que lo justifique.

  • Dar seguimiento a los accidentes reportados sufridos en el lugar acordado, con motivo o en ejercicio de sus actividades.

  • Compartir la documentación requerida (lista de verificación de las condiciones, evidencia fotográfica y aquella que compruebe la entrega del equipo).

  • Contar con mecanismos de atención para casos de violencia familiar que consideren, entre otras cosas, el retorno a la modalidad presencial de manera temporal o permanente.

Obligaciones para las personas teletrabajadoras:


  • Autorizar por escrito las facilidades para la comprobación física de las condiciones de seguridad y salud en el lugar de trabajo acordado con el patrón o aplicar la lista de verificación.

  • Observar la Política de Teletrabajo que establezca el patrón.

  • Informar al patrón cualquier alteración de las condiciones, o situaciones, que impidan el desarrollo del teletrabajo en el lugar de trabajo acordado.

  • Resguardar y conservar en buen estado los equipos, materiales, útiles y mobiliario ergonómico recibido.

  • Obedecer y conducirse con apego a las disposiciones en materia de seguridad y salud en el trabajo.

  • Atender las políticas y mecanismos de protección de datos e información establecidos por el patrón, así como las restricciones sobre su uso y almacenamiento.

  • Informar por escrito y con antelación al patrón de cualquier cambio de domicilio definitivo o temporal, desde donde realiza las actividades de teletrabajo.

  • Participar en los procesos de información de riesgos relacionados con sus actividades y de la capacitación que le proporcione el patrón.

  • Avisar de los riesgos que sufra en el lugar de trabajo en el ejercicio de sus actividades como persona teletrabajadora.

La NOM 037 no está vinculada con la NOM 035 Riesgos psicosociales, pero sí la pone como referencia para evitar dichos riesgos.


Entre el periodo de consulta y el plazo para su implementación, es muy probable que para el primer semestre del 2023 se tenga que dar cumplimiento a esta norma.


Acércate a nosotros para que podamos asesorarte en desarrollar mejores prácticas para el personal y dar cumplimiento en tiempo y forma a este Proyecto de Norma y a lo que indica la NOM-035-STPS-2018 Factores de Riesgos Psicosociales en el Trabajo


Referencias:


19 visualizaciones0 comentarios

Entradas recientes

Ver todo

Comments


bottom of page